Créanse una (1)
fiscalía de primera instancia y una (1) defensoría pública oficial que
actuarán ante el juzgado federal que se crea por la presente ley.
Qué significa en la práctica
Crea una fiscalía de primera instancia y una defensoría pública oficial que actuarán ante el juzgado federal creado por esta ley. Sin ellas el juzgado no podría funcionar: la ley completa el trípode de juez, acusador público y defensa oficial.