Artículo 19Trabajo por equipo o cuadrilla familiar
Texto oficial
Trabajo por equipo o cuadrilla familiar . El empleador o su representante y sus respectivas familias podrán tomar parte en las tareas que se desarrollaren en las explotaciones e integrar total o parcialmente los equipos o cuadrillas. Igual derecho asistirá al personal permanente sin perjuicio de las restricciones legales relativas al , encontrándose en tal supuesto sus familiares comprendidos en las disposiciones de la presente ley. Cuando las tareas fueren realizadas exclusivamente por las personas indicadas en el primer párrafo del presente artículo, no regirán las disposiciones relativas a formación de equipos mínimos o composición de cuadrillas. En ningún caso podrán formar parte de los equipos, o las cuadrillas que se conformen, personas menores de dieciséis (16) años.
Qué significa en la práctica
Regula el trabajo por equipo o cuadrilla familiar.