Ley 26.727

Artículo 65Servicio de empleo para temporarios

Texto oficial

Creación del servicio de empleo para trabajadores temporarios de la actividad agraria. Créase el de Empleo para Trabajadores Temporarios de la Actividad Agraria, que comprenderá a todos los trabajadores temporarios que desarrollen tareas en actividades de carácter cíclico o estacional o aquéllas que por procesos temporales propios lo demanden.

Qué significa en la práctica

Crea el Servicio de Empleo para Trabajadores Temporarios de la Actividad Agraria.

Normas relacionadas

← Ver en Régimen de Trabajo Agrario completaLeyes