Calificación profesional. Certificación . En el certificado de trabajo previsto por el Art. 80 — Ley de Contrato de Trabajo (t.o. 1976) y sus modificatorias, que el empleador está obligado a entregar al momento de extinguirse la relación laboral deberá constar la calificación profesional obtenida en el o los puestos de trabajo desempeñados, hubiere o no realizado el trabajador actividades regulares de capacitación.
Qué significa en la práctica
El certificado de trabajo debe consignar la calificación profesional obtenida.