Texto oficial
Autorízase al Poder Ejecutivo nacional, a través del
Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios a
otorgar avales, fianzas o garantías de cualquier naturaleza a efectos
de garantizar las obligaciones destinadas al financiamiento de las
obras de infraestructura y/o equipamiento cuyo detalle figura en la
planilla anexa al presente artículo y hasta el monto máximo global de
dólares estadounidenses veintisiete mil ochocientos ochenta y cinco
millones (U$S 27.885.000.000), o su equivalente en otras monedas, más
los montos necesarios para afrontar el pago de intereses y demás
accesorios.
El Poder Ejecutivo nacional a través del Ministerio de Planificación
Federal, Inversión Pública y Servicios, instruirá al órgano coordinador
de los Sistemas de Administración Financiera para el otorgamiento de
los avales, fianzas o garantías correspondientes, con determinación de
plazos y condiciones de devolución, los que serán endosables en forma
total o parcial.