Facúltase al órgano responsable de la Coordinación de los
Sistemas de Administración Financiera a otorgar avales del Tesoro
Nacional por las operaciones de crédito público de acuerdo con el
detalle obrante en la planilla anexa al presente artículo, y por los
montos máximos determinados en la misma.
Qué significa en la práctica
Faculta al órgano coordinador de la administración financiera a otorgar avales del Tesoro Nacional por las operaciones de crédito público detalladas en la planilla anexa, hasta los montos máximos allí fijados.