Ley 26.728

Artículo 75Incorporación de artículos a la Ley 11.672

Texto oficial

Incorpóranse a la Ley Complementaria Permanente de Presupuesto, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2005), los artículos 17, 23, 24, 25, 57, 58, 65, 66 y 67 de la presente ley y los Art. 47 — Ley 26.546.

Qué significa en la práctica

Incorpora a la Ley Complementaria Permanente de Presupuesto (Complementaria Permanente de Presupuesto) los artículos 17, 23, 24, 25, 57, 58, 65, 66 y 67 de esta ley y los Art. 47 — Ley 26.546, dándoles vigencia permanente más allá del ejercicio 2012.

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