Ley 26.734

Artículo 7Competencia (art. 33 CPP)

Texto oficial

Sustitúyese el inciso e) del apartado 1) del Art. 33 — Ley de Implementación del Código Procesal Penal Federal de la Nación, por el siguiente: e) Los delitos previstos por los artículos 41 quinquies, 142 bis, 142 ter, 145 bis, 145 ter, 149 ter, 170, 189 bis (1), (3) y (5), 212, 213 bis y 306 del Código Penal de la Nación Argentina.

Qué significa en la práctica

Sustituye el inc. e) del Art. 33 — Ley de Implementación del Código Procesal Penal Federal incluyendo los nuevos delitos entre los de federal.

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