Ley 26.736

Artículo 33Contravenciones y sanciones

Texto oficial

Contravenciones y sanciones. Los incumplimientos de la presente ley serán sancionados por la con: a) Apercibimientos; b) Multas: cuyo valor fijará la , teniendo en cuenta la gravedad de la infracción, reiteración de los hechos, la cuantía del perjuicio ocasionado, la conducta posterior a la infracción por parte del incumplidor, la económico-financiera del infractor y las demás circunstancias y particularidades del caso; c) Inhabilitaciones: cuyos plazos serán fijados por la , según los criterios establecidos en el inciso b) del presente artículo; d) Suspensiones: cuyos plazos serán fijados por la , según los criterios establecidos en el inciso b) del presente artículo; e) Reparación del daño causado: cuando la conducta hubiere causado un perjuicio a una persona determinada y no resultaren afectados el interés público o de terceros, la puede ordenar la reparación del daño a cargo de los fabricantes, distribuidores y comercializadores de pasta celulosa y de papel para diarios; f) Clausuras y decomisos.

Qué significa en la práctica

Enumera las contravenciones y sus sanciones.
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