Ley 26.742

Artículo 7Exencion de responsabilidad del profesional que cumple la ley (art. 11 bis Ley 26.529)

Texto oficial

Incorpórase como Art. 11 — Ley de Derechos del Paciente —Derechos del paciente en su relación con los profesionales e instituciones de la salud— el siguiente texto: Artículo 11 bis: Ningún profesional interviniente que haya obrado de acuerdo con las disposiciones de la presente ley está sujeto a , penal, ni administrativa, derivadas del cumplimiento de la misma.

Qué significa en la práctica

Incorpora el articulo 11 bis a la Ley de Derechos del Paciente. El profesional que obra de acuerdo con esta ley no queda sujeto a , penal ni administrativa por cumplirla. Da seguridad juridica al medico que respeta el rechazo de tratamientos o el retiro de soporte vital decidido por el paciente.

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