Ley 26.759

Artículo 7Funciones de la cooperadora

Texto oficial

Son funciones de las cooperadoras escolares, entre otras, las siguientes: a) Participar en las acciones que tiendan a la promoción de la igualdad y el fortalecimiento de la ciudadanía democrática en las instituciones educativas. b) Contribuir al mejoramiento de la calidad de las condiciones del espacio escolar, colaborando en el mantenimiento y las mejoras del edificio escolar y su equipamiento. c) Realizar actividades culturales, recreativas y deportivas en el marco de los proyectos institucionales del respectivo establecimiento. d) Colaborar en la integración e inclusión de sectores de la comunidad que se encuentren en situación de vulnerabilidad educativa o que estén excluidos de la escolaridad. e) Realizar actividades solidarias con otras cooperadoras escolares. f) Percibir y ejecutar subsidios destinados al mantenimiento edilicio de los establecimientos educativos, la dotación de mobiliario y equipamiento, la adquisición de útiles, materiales didácticos y bibliográficos.

Qué significa en la práctica

Enumera funciones: promover la igualdad y la ciudadanía democrática, mejorar el edificio y el equipamiento escolar, realizar actividades culturales, recreativas y deportivas, favorecer la inclusión de sectores vulnerables, actuar solidariamente con otras cooperadoras y ejecutar subsidios para mantenimiento, mobiliario y útiles.

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