Ley 26.764

Artículo 5Entrada en vigencia a los 30 días

Texto oficial

La presente ley entrará en vigencia a los treinta (30) días de su publicación en el Boletín Oficial.

Qué significa en la práctica

La ley entra en vigor a los 30 días de su publicación en el Boletín Oficial, un plazo para adaptar la operatoria bancaria.

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