Ley 26.776

Artículo 5Estudios e implementación de la conexión marítima

Texto oficial

El Poder Ejecutivo nacional, a través de la , realizará el estudio de factibilidad, demás estudios requeridos para la conexión marítima y su implementación entre los puntos operativamente más apropiados en orden a la menor distancia posible.

Qué significa en la práctica

Encomienda al Poder Ejecutivo, por medio de la , realizar el estudio de factibilidad y demás estudios para la conexión marítima y su implementación, eligiendo los puntos operativamente más apropiados en función de la menor distancia posible.

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