Facúltase al
Organo Responsable de la Coordinación de los Sistemas de Administración
Financiera a otorgar avales del Tesoro nacional por las operaciones de
crédito público de acuerdo con el detalle obrante en la planilla anexa
al presente artículo, y por los montos máximos determinados en la misma.
Qué significa en la práctica
Faculta al órgano coordinador de la administración financiera a otorgar avales del Tesoro nacional por las operaciones de crédito público detalladas en la planilla anexa, hasta los montos máximos allí fijados.