Dentro del monto
autorizado para la 90 - Servicio de la Deuda Pública, se
incluye la suma de pesos diez millones ($ 10.000.000) destinada a la
atención de las deudas referidas en los incisos b) y c) del Art. 7 — Ley de Consolidación de Deudas (Bonos de Consolidación).