Planes de Protección. La
Autoridad Competente determinará las personas físicas o jurídicas,
públicas o privadas obligadas a elaborar e implementar en sus
propiedades planes de protección para los terrenos involucrados en
función de los criterios de vulnerabilidad que defina la reglamentación
de esta ley, los que le serán presentados para su aprobación. Dicha
Autoridad determinará los requisitos de los planes.
Qué significa en la práctica
La autoridad determina quiénes deben elaborar e implementar planes de protección en sus propiedades según criterios de vulnerabilidad, para su aprobación.