Ley 26.831

Artículo 106Control de los auditores

Texto oficial

Control sobre los auditores externos. La Comisión Nacional de Valores vigilará la actividad e independencia de los contadores dictaminantes y firmas de auditoría externa de sociedades que hacen oferta pública de sus valores negociables en forma adicional, y sin perjuicio de la de los consejos profesionales en lo relativo a la vigilancia sobre el desempeño profesional de sus miembros.

Qué significa en la práctica

La Comisión Nacional de Valores vigila la actividad e independencia de los auditores externos.

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