Recursos directos. Corresponde a las Cámaras Federales de Apelaciones:
a) Entender en la revisión de las sanciones que imponga la Comisión Nacional de Valores, incluso las declaraciones de irregularidad e ineficacia a los efectos administrativos y la suspensión o revocación de inscripciones o autorizaciones;
b) Entender en la revisión de las denegaciones de inscripción y autorizaciones.
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, será competente para entender en estos litigios la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal; pudiendo los litigantes del resto del país optar por que sus causas sean remitidas y resueltas por ésta.
Qué significa en la práctica
Las Cámaras Federales de Apelaciones entienden en la revisión de las sanciones.