Ley 26.831

Artículo 47Registro de agentes

Texto oficial

Registro. Para actuar como agentes los sujetos deberán contar con la autorización y registro de la Comisión Nacional de Valores, y deberán cumplir con las formalidades y requisitos que para cada categoría establezca la misma.

Qué significa en la práctica

Para actuar como agentes, los sujetos deben contar con la autorización y registro de la Comisión Nacional de Valores.

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