Ley 26.831

Artículo 63Opciones

Texto oficial

Opciones. En las sociedades que hagan oferta pública de sus acciones, cuando así lo prevea su estatuto, la asamblea podrá aprobar la emisión de opciones sobre acciones a emitir o valores convertibles en acciones y delegar en el directorio la fijación de los términos y condiciones de su emisión y de los derechos que otorguen. Puede delegarse en el órgano de administración la fijación del precio de las opciones y el de las acciones a las que éstas den derecho. Las respectivas decisiones de las asambleas y del directorio deberán publicarse y registrarse. Adicionalmente, será de aplicación lo dispuesto en los Art. 11 — Ley de Obligaciones Negociables y sus modificatorias.

Qué significa en la práctica

Regula las opciones sobre acciones en las sociedades que hacen oferta pública.

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