Ley 26.831

Artículo 68Accionariado obrero

Texto oficial

Accionariado obrero. En oportunidad de votarse un aumento de capital la asamblea podrá resolver destinar una parte de las nuevas acciones a emitir, para ser entregadas al personal en de la sociedad o de alguna o algunas de sus sociedades controladas. El total acumulativo de las acciones emitidas con esta finalidad no podrá superar el diez por ciento (10%) del capital social. La asamblea podrá resolver la entrega de acciones como bonificación, en cuyo caso deberán afectarse utilidades líquidas y realizadas o reservas libres, o sujetas a integración por parte de los beneficiarios debiendo, en tal caso, fijar las modalidades de la integración.

Qué significa en la práctica

La asamblea puede destinar parte de un aumento de capital al accionariado obrero.

Normas relacionadas

← Ver en Ley de Mercado de Capitales completaLeyes