Ley 26.844

Artículo 27SAC: épocas de pago

Texto oficial

Epocas de pago. El será abonado en dos (2) cuotas; la primera de ellas la última jornada laboral del mes de junio y la segunda la última jornada laboral del mes de diciembre de cada año.

Qué significa en la práctica

El SAC se abona en dos cuotas, en junio y en diciembre.

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