Ley 26.844

Artículo 36Aviso al empleador

Texto oficial

Aviso al empleador. La empleada/o, salvo casos de , deberá dar aviso de la enfermedad o accidente inculpable y del lugar en que se encuentra, en el transcurso de la primera respecto de la cual estuviere imposibilitada de concurrir a prestar servicios por alguna de esas causas o en la primera oportunidad que le fuere posible hacerlo.

Qué significa en la práctica

La empleada/o debe dar aviso de la enfermedad al empleador.

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