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Ley de Medidas Cautelares contra el Estado
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Art. 18
Ley 26.854
Artículo 18
Aplicación del Código Procesal Civil y Comercial
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Texto oficial
Aplicación de las normas del
Código Procesal Civil y Comercial de la Nación
. Serán de aplicación al trámite de las medidas
cautelares
contra el Estado nacional o sus entes descentralizados, o a las solicitadas por éstos, en cuanto no sean incompatibles con las prescripciones de la presente ley, las nomas previstas en el
Código Procesal Civil y Comercial de la Nación
.
Qué significa en la práctica
Al trámite de las
cautelares
contra el Estado o solicitadas por él se aplican supletoriamente, en cuanto no sean incompatibles con esta ley, las normas del
Código Procesal Civil y Comercial de la Nación
.
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