Artículo 1Creación del BAADE y el Pagaré de Ahorro
Texto oficial
Autorízase al
Ministerio de Economía y Finanzas Públicas a emitir el “Bono Argentino
de Ahorro para el Desarrollo Económico (BAADE)”, registrable o al
portador, y el “Pagaré de Ahorro para el Desarrollo Económico”. Ambos
instrumentos estarán denominados en dólares estadounidenses y tendrán
las demás condiciones financieras que se determinen al momento de su
emisión.
Los fondos originados en la emisión a efectuarse serán destinados,
exclusivamente, a la financiación de proyectos de inversión pública en
sectores estratégicos, como infraestructura e hidrocarburos.
Qué significa en la práctica
Autoriza al Ministerio de Economía a emitir el "Bono Argentino de Ahorro para el Desarrollo Económico (BAADE)" y el "Pagaré de Ahorro para el Desarrollo Económico", ambos en dólares. Los fondos que se obtengan se destinan exclusivamente a financiar proyectos de inversión pública en sectores estratégicos, como infraestructura e hidrocarburos.