Ley 26.863

Artículo 2Cargo: destino al Seminario “La Encarnación”

Texto oficial

La transferencia formalizada a través del artículo 1° de la presente se efectúa con el cargo que el Arzobispado de Resistencia continúe destinando el inmueble al desarrollo de actividades inherentes al Seminario Interdiocesano “La Encarnación” de Resistencia de la provincia del Chaco.

Qué significa en la práctica

Impone el cargo de que el Arzobispado de Resistencia continúe destinando el inmueble al desarrollo de las actividades inherentes al Seminario Interdiocesano “La Encarnación” de Resistencia.

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