Ley 26.873

Artículo 6Coordinación con las jurisdicciones

Texto oficial

Coordinación. La junto con la Comisión Nacional de Nutrición y Alimentación debe promover, en el marco del Consejo Federal de Salud —COFESA—, la aplicación de la presente ley en el ámbito de las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y debe coordinar su integración con los programas existentes.

Qué significa en la práctica

La , junto con la Comisión Nacional de Nutrición y Alimentación, debe promover la aplicación de la ley en las provincias y la CABA en el marco del Consejo Federal de Salud (COFESA), y coordinar su integración con los programas existentes.

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