Ley 26.888

Artículo 9Autoridad de aplicación: SENASA

Texto oficial

Será de la presente ley el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, a través del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA), quien reglamentará y ejecutará el Programa Nacional creado en la presente ley.

Qué significa en la práctica

La es el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, a través del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA), que reglamenta y ejecuta el Programa Nacional.

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