Ley 26.895

Artículo 19Fondo Argentino de Hidrocarburos

Texto oficial

Autorízase al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas a incrementar el aporte destinado a la constitución del Fondo Argentino de Hidrocarburos, por hasta un monto adicional de dólares estadounidenses dos mil millones (u$s 2.000.000.000) o su equivalente en otras monedas, los que podrán aportarse en uno o varios desembolsos durante el ejercicio 2014.

Qué significa en la práctica

Autoriza al Ministerio de Economía a incrementar el aporte al Fondo Argentino de Hidrocarburos por hasta u$s2.000.000.000 o su equivalente, en uno o varios desembolsos durante 2014.

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