Artículo 41Pago en efectivo de deudas previsionales consolidadas
Texto oficial
Dispónese el pago en efectivo por parte de la
Administración Nacional de la Seguridad Social, de las deudas
previsionales consolidadas en el marco de la Ley de Emergencia Económica 2000, por la parte
que corresponda abonar mediante la colocación de instrumentos de la
deuda pública.
Qué significa en la práctica
Dispone que la ANSES pague en efectivo la parte de las deudas previsionales consolidadas en el marco de la Ley de Emergencia Económica 2000 que correspondería abonar mediante la entrega de instrumentos de deuda pública.