Ley 26.895

Artículo 71Fideicomiso para la industria azucarera del NOA

Texto oficial

Autorízase al Poder Ejecutivo nacional a crear y/o constituir y/o participar en fideicomisos con el Banco de Inversión y Comercio Exterior S.A. (BICE S.A.), destinado al otorgamiento de créditos para promover la competitividad de la industria azucarera del Noroeste argentino. Los fideicomisos estarán enmarcados normativamente por el de préstamo celebrado entre la República Argentina y la Corporación Andina de Fomento (CAF), Programa para Incrementar la Competitividad del Sector Azucarero del Noa (Proicsa) y la Ley de Fideicomiso y Leasing.

Qué significa en la práctica

Autoriza al Poder Ejecutivo a crear, constituir o participar en fideicomisos con el Banco de Inversión y Comercio Exterior (BICE) para otorgar créditos que promuevan la competitividad de la industria azucarera del Noroeste argentino, en el marco del préstamo con la CAF (Programa Proicsa) y la Ley de Fideicomiso y Leasing.

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