Artículo 4Prórroga del impuesto de emergencia sobre los cigarrillos
Texto oficial
Prorrógase hasta
el 31 de diciembre de 2015, inclusive, la vigencia del impuesto
adicional de emergencia sobre el precio final de venta de cigarrillos,
establecido por la Ley 24.625 y sus modificaciones.
Qué significa en la práctica
Prorroga hasta el 31 de diciembre de 2015 la vigencia del impuesto adicional de emergencia sobre el precio final de venta de cigarrillos, establecido por la Ley 24.625 y sus modificaciones.