Designación de expertos y vistas.
El Tribunal Nacional Disciplinario Antidopaje tiene la facultad de
nombrar un experto para que lo asista o aconseje cuando así lo estime
necesario.
La federación deportiva internacional o la federación deportiva
nacional correspondiente, si no fuera parte en los procedimientos, la
Comisión Nacional Antidopaje, si no fuera parte en los procedimientos,
y la Agencia Mundial Antidopaje, tienen derecho a tomar vista de los
procedimientos del Tribunal Nacional Disciplinario Antidopaje y a
asistir a las audiencias de dichos procedimientos como observadores.
Qué significa en la práctica
El Tribunal puede nombrar un experto que lo asista o asesore. La federación internacional o nacional, la Comisión Nacional Antidopaje (si no son parte) y la Agencia Mundial Antidopaje tienen derecho a tomar vista del procedimiento y a asistir a las audiencias como observadores.