Ley 26.939

Artículo 20Período de 180 días de observación y publicidad

Texto oficial

Durante un período de ciento ochenta (180) días corridos desde la publicación de la presente ley, la Comisión Bicameral Permanente del Digesto Jurídico Argentino dará a publicidad el contenido del Digesto Jurídico Argentino. En dicho plazo, la comisión bicameral recibirá las consultas y observaciones fundadas que pudieran efectuarse en relación con el encuadramiento en una categoría, la consolidación del texto o la vigencia de una ley incluida en el Digesto Jurídico Argentino.

Qué significa en la práctica

Durante 180 días corridos desde la publicación de la ley, la Comisión da a publicidad el contenido del Digesto y recibe consultas y observaciones fundadas sobre el encuadramiento de una ley en una categoría, la consolidación de su texto o su vigencia. Es la instancia participativa para corregir errores antes de la versión definitiva.

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