Ley 26.939

Artículo 21Trámite de las observaciones

Texto oficial

De las consultas y observaciones recibidas, la comisión bicameral dará vista a la Dirección de Información Parlamentaria para que, en un plazo de diez (10) días hábiles, efectúe una recomendación. Vencido el plazo, la comisión bicameral adoptará una resolución respecto de la consulta u observación planteada.

Qué significa en la práctica

Establece el trámite: de las consultas y observaciones recibidas, la Comisión da vista a la Dirección de Información Parlamentaria, que en diez días hábiles hace una recomendación; vencido ese plazo, la Comisión adopta una resolución sobre el planteo.

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