Ley 26.939

Artículo 9Atribuciones de la Comisión Bicameral

Texto oficial

La Comisión Bicameral Permanente del Digesto Jurídico Argentino tendrá las siguientes atribuciones: a) Analizar las actualizaciones del Digesto Jurídico Argentino propuestas por el organismo de asistencia técnica y, en su caso, emitir el dictamen correspondiente para su aprobación por el Honorable Congreso de la Nación, conforme lo establecido en el capítulo IV; b) Coordinar y supervisar la edición electrónica del Digesto Jurídico Argentino; c) Resolver las consultas y las observaciones recibidas, previa recomendación de la Dirección de Información Parlamentaria, conforme lo establecido en el capítulo V; d) Organizar actividades de difusión y publicidad del Digesto Jurídico Argentino. Especialmente, promover la difusión gratuita de la edición electrónica del Digesto Jurídico Argentino.

Qué significa en la práctica

Enumera las funciones de la Comisión Bicameral: analizar las actualizaciones propuestas por el organismo de asistencia técnica y emitir dictamen para su aprobación por el Congreso; coordinar y supervisar la edición electrónica; resolver las consultas y observaciones; y organizar la difusión del Digesto, promoviendo especialmente su acceso gratuito.

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