Ley 26.940

Artículo 33Modificacion del decreto 1.370/08

Texto oficial

Incorpórase como segundo párrafo del artículo 2° del decreto 1.370/08, el siguiente: En aquellas otras actividades que, por sus características especiales similares a las previstas en el párrafo anterior, justifiquen la inclusión dentro de este régimen, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, previa intervención en el ámbito de sus competencias de la Secretaría de Seguridad Social, de la Secretaría de Política Económica y Planificación del Desarrollo y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) respectivamente, podrán por resolución conjunta autorizar la celebración de Convenios de Corresponsabilidad Gremial.

Qué significa en la práctica

Incorpora un parrafo al articulo 2 del decreto 1.370/08.

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