Se exime de responsabilidad al Estado en los siguientes casos:
a) Por los daños y perjuicios que se deriven de casos fortuitos o , salvo que sean asumidos por el Estado expresamente por ;
b) Cuando el daño se produjo por el hecho de la víctima o de un tercero por quien el Estado no debe responder.
Qué significa en la práctica
El Estado no responde si el daño vino de un o , o si lo causó la propia víctima o un tercero del que el Estado no debe responder.