El Observatorio de Precios y Disponibilidad de Insumos, Bienes y Servicios será presidido por el titular de la y estará integrado por un (1) representante de la Jefatura de Gabinete de Ministros, quien ejercerá la vicepresidencia, un (1) representante del Ministerio del Interior y Transporte, un (1) representante del Ministerio de Industria, un (1) representante del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca, un (1) representante del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, un (1) representante del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, un (1) representante del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas y tres (3) representantes de las Asociaciones de Usuarios y Consumidores legalmente constituidas y debidamente registradas.
Asimismo, el titular de la invitará a los organismos e instituciones públicas o privadas, provinciales o locales, que por su o función, coadyuven al cumplimiento de los objetivos previstos en el Observatorio.
La tendrá a su cargo la elección de las Asociaciones de Usuarios y Consumidores que integrarán el Observatorio de Precios y Disponibilidad de Insumos, Bienes y Servicios.
La convocará a los representantes de los ministerios enunciados en el párrafo primero, cuya intervención estime necesaria de acuerdo a las circunstancias particulares del caso. La convocatoria deberá comprender al menos a un (1) representante ministerial y a un (1) representante de las Asociaciones de Usuarios y Consumidores. La concurrencia de los convocados tendrá carácter obligatorio.
A los efectos del correcto funcionamiento del Observatorio de Precios y Disponibilidad de Insumos, Bienes y Servicios, la reglamentación establecerá la integración de los organismos de apoyo necesarios para el desarrollo de las tareas encomendadas por el artículo 1° de la presente.
El Observatorio deberá dictar su reglamento interno de funcionamiento en un plazo máximo de sesenta (60) días desde su constitución.
Qué significa en la práctica
Define quiénes integran el Observatorio: lo preside la y suma representantes de varios ministerios y tres de asociaciones de consumidores. Puede invitar a otros organismos, y debe dictar su reglamento interno en 60 días.