Ley 26.992

Artículo 5Dictamen ante distorsiones

Texto oficial

Si en el cumplimiento de sus funciones, el Observatorio de Precios y Disponibilidad de Insumos, Bienes y Servicios detectara actos o conductas que pudieran generar distorsiones en el mercado y en los procesos de formación de precios deberá emitir un dictamen concerniente a la evolución de los precios y a la disponibilidad de determinado insumo, bien o servicio y la relación con su estructura de costos, e informar a la .

Qué significa en la práctica

Si detecta maniobras que distorsionan el mercado o la formación de precios, el Observatorio debe emitir un dictamen sobre la evolución de los precios y los costos, e informar a la .

Normas relacionadas

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