Ley 27.051

Artículo 23Unificación de currículas

Texto oficial

— El Ministerio de Educación de la Nación deberá promover ante los organismos que correspondan la unificación de las currículas de todas las universidades de gestión estatal o privadas, conforme la presente ley.

Qué significa en la práctica

El Ministerio de Educación de la Nación debe promover ante los organismos correspondientes la unificación de las currículas de todas las universidades de gestión estatal o privada, conforme la ley.

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