Ley 27.063

Artículo 112Decisiones de mero trámite

Texto oficial

Decisiones de mero trámite. Las decisiones de mero trámite serán firmadas por los encargados de la oficina judicial o del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL, si se considerase estrictamente necesario.

Qué significa en la práctica

Las decisiones de mero trámite las firman los encargados de la oficina judicial o del Ministerio Público Fiscal, si se considerase estrictamente necesario.

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