Ley 27.063

Artículo 116Reposición del plazo

Texto oficial

Reposición del plazo. Las partes podrán solicitar la reposición total o parcial del plazo, si por defecto de la comunicación, por razones de o por , no hubieran podido observarlo.

Qué significa en la práctica

Las partes pueden pedir la reposición total o parcial de un plazo si por defecto de la comunicación, o no pudieron observarlo.

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