Ley 27.063

Artículo 157Cadena de custodia

Texto oficial

Cadena de custodia. Con el fin de asegurar los elementos de prueba, se establecerá una cadena de custodia que resguardará su identidad, estado y conservación. Se identificará a todas las personas que hayan tomado contacto con esos elementos, siendo responsables los funcionarios públicos y particulares intervinientes.

Qué significa en la práctica

Para asegurar los elementos de prueba se establece una cadena de custodia que resguarda su identidad, estado y conservación, identificando a todas las personas que tomaron contacto con ellos, responsables los funcionarios y particulares intervinientes.

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