Informes. Podrán requerirse informes a cualquier persona o entidad pública o privada sobre los datos obrantes en los registros que posean.
Los informes se solicitarán verbalmente o por escrito, indicando el procedimiento en el cual se requieren, el nombre del , el lugar y plazo de entrega.
En caso de incumplimiento de la persona o entidad privada se podrá urgir la respuesta mediante la fijación de conminaciones pecuniarias, sin perjuicio de las responsabilidades penales correspondientes.
Qué significa en la práctica
Pueden requerirse informes a cualquier persona o entidad pública o privada sobre los datos de sus registros, indicando el procedimiento, el nombre del , el lugar y el plazo de entrega; el incumplimiento de una entidad privada puede conminarse con multas, sin perjuicio de la responsabilidad penal.