Ley 27.063

Artículo 18Justicia en un plazo razonable

Texto oficial

Justicia en un plazo razonable. Toda persona tiene derecho a una decisión judicial definitiva en tiempo razonable, conforme los plazos establecidos en este Código. El retardo en dictar resoluciones o las dilaciones indebidas, si fueran reiteradas, constituirán falta grave y causal de mal desempeño de los magistrados.

Qué significa en la práctica

Toda persona tiene derecho a una decisión judicial definitiva en un tiempo razonable; el retardo o las dilaciones indebidas reiteradas son falta grave y causal de mal desempeño.

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