Criterios para aplicar los beneficios. Para otorgar los beneficios establecidos en el Art. 41 ter — Código Penal de la Nación Argentina, deberá considerarse:
a. El tipo y el alcance de la información brindada;
b. La utilidad de la información aportada para alcanzar las finalidades previstas;
c. El momento procesal en el que el brinda la colaboración;
d. La gravedad de los delitos que el ha contribuido a esclarecer o impedir;
e. La gravedad de los hechos que se le atribuyen y la responsabilidad que le corresponde por ellos. Se beneficiará especialmente a quien se arrepintiere en primer término.
Qué significa en la práctica
Para otorgar los beneficios del Art. 41 ter — Código Penal de la Nación Argentina se considera el tipo y alcance de la información, su utilidad, el momento procesal en que se brinda, la gravedad de los delitos esclarecidos o impedidos y la responsabilidad del , beneficiándose especialmente a quien se arrepiente en primer término.