Ley 27.063

Artículo 208Sentencia y valor de la colaboración

Texto oficial

. El órgano judicial no podrá dictar condenatoria fundada únicamente en las manifestaciones efectuadas por el . Para la asignación de responsabilidad penal sobre la base de estos elementos, el órgano judicial deberá indicar de manera precisa y fundada la correlación existente entre tales manifestaciones y las restantes pruebas que dan sustento a la condena. La materialidad de un hecho delictivo no podrá probarse únicamente sobre la base de dichas manifestaciones.

Qué significa en la práctica

No puede dictarse condena fundada únicamente en las manifestaciones del colaborador; debe indicarse de manera precisa la correlación entre esas manifestaciones y las demás pruebas, y la materialidad del hecho no puede probarse solo sobre la base de aquéllas.

Normas relacionadas

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