Ley 27.063

Artículo 245Arresto

Texto oficial

Arresto. Si en el primer momento posterior a la comisión de un de acción pública no fuere posible individualizar al autor, a los partícipes y a los testigos y se deba proceder con urgencia para no perjudicar la averiguación de los hechos, la autoridad que dirija el procedimiento podrá disponer que los presentes no se alejen del lugar, ni se comuniquen entre sí, ni se modifique el estado de las cosas ni del lugar, disponiendo las medidas que la situación requiera y, si fuere necesario, también el arresto de todos ellos. El arresto podrá consistir en la retención en el lugar, la conducción a una dependencia policial, o ante el representante del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL o el juez y no podrá durar más de SEIS (6) horas siempre que ello sea necesario para practicar las diligencias que resulten urgentes e imprescindibles. La medida le será comunicada inmediatamente al juez y al representante del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL por los funcionarios de alguna de las fuerzas de seguridad que la hubieran practicado. Después de transcurrido ese plazo el representante del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL ordenará el cese de la restricción o en su caso procederá de conformidad con el artículo 216. También podrán actuar del modo indicado en el primer párrafo, las personas a cargo de un lugar cerrado o factible de ser cerrado y los conductores de medios de transporte, en el primer momento posterior a la realización de un hecho delictivo cometido en alguno de esos lugares, pero deberán requerir de inmediato la presencia de la autoridad de alguna fuerza de seguridad o del representante del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL, quien, en adelante, se hará cargo del procedimiento.

Qué significa en la práctica

Si tras un no se puede individualizar a los autores, partícipes y testigos y hay urgencia, la autoridad puede disponer que los presentes no se alejen ni se comuniquen ni alteren el lugar, e incluso arrestarlos; el arresto dura como máximo 6 horas y se comunica de inmediato al juez y al fiscal.

Normas relacionadas

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