Ley 27.063

Artículo 249Desestimación

Texto oficial

Desestimación. Si el hecho anoticiado no constituye , el representante del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL procederá a desestimar la promoción de la investigación. Ello no impedirá la presentación de una nueva denuncia sobre la base de elementos distintos.

Qué significa en la práctica

Si el hecho denunciado no constituye , el fiscal desestima la promoción de la investigación, lo que no impide una nueva denuncia basada en elementos distintos.

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